
Se informará mediante el Modelo 232 de determinadas operaciones que hasta el ejercicio 2015 se declaraban en el Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades
Se ha publicado la Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto, que aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales (BOE 30-8-2017).
Cambio en la forma de declarar las operaciones vinculadas y las operaciones con paraísos fiscales
Determinada información que hasta ahora se declaraba en varios apartados del Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades, se traslada, para losperíodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016, a la nueva declaración informativa que se presentará por medio del Modelo 232:
Plazo de presentación del nuevo Modelo
Se fija como plazo de declaración en 4 meses después de la fecha de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades. El art. 4 de la Orden HFP/816/2017 establece que la presentación del 232 se debe realizar en el mes siguiente a los 10 meses posteriores a la conclusión del período impositivo al que se refiera la información a suministrar.
Para el ejercicio 2016, se presentará en el mes de noviembre (DT única Orden HFP/816/2017).
Obligados a presentar el Modelo 232 (art. 2 Orden HFP/816/2017)
Cuadro 1. Información operaciones con personas o entidades vinculadas (art 13.4 RIS)
Se informará sobre:
No deben declararse:
Cuadro 2. Operaciones con personas o entidades vinculadas en caso de aplicación de la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles (art. 23 y DT 20ª LIS)
Se mantiene el contenido en los mismos términos que en la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2015.
Debe cumplimentarse en aquellos casos en que el contribuyente aplique la reducción prevista en el artículo 23 LIS, porque obtiene rentas como consecuencia de la cesión de determinados intangibles a personas o entidades vinculadas.
Cuadro 3. Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados como paraísos fiscales
Se mantienen el mismo contenido que en la declaración del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2015.
Deben presentarlo los contribuyentes que realicen operaciones o tenga valores en países o territorios calificados como paraísos fiscales independientemente de su importe.
Contenido y presentación del modelo
El contenido del modelo 232 figura en el anexo de la Orden HFP/816/2017 y el art. 3 de la misma detalla la forma de cumplimentación de cada una de las casillas del modelo.
El modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico (art. 1) siendo su presentación por vía electrónica a través de Internet, con sujeción a los arts. 16 y 17 de la Orden HAP/2194/2013 (art. 5 Orden HFP/816/2017).
Se modifica la Orden HAP/2194/2013, para incluir este modelo 232 entre los relacionados en el artículo 1.3 (DF 1ª Orden HFP/816/2017).