Las empresas multinacionales tendrán que cambiar sus precios de transferencia en los sistemas de cash pooling en España

Las empresas multinacionales tendrán que cambiar sus precios de transferencia en los sistemas de cash pooling en España

En su sentencia 3721/2025 (recurso de casación nº 4729/2023) el Tribunal Supremo acaba de darle la razón a la Agencia Tributaria limitando los tipos de interés a los que habitualmente las multinacionales prestan dinero a sus filiales mediante estructuras de tesorería centralizada, comúnmente conocidas como cash pooling.

A partir de esta sentencia, las empresas multinacionales deberán liquidar en España sus operaciones de cash pooling de forma diferente a como lo hacen con el resto de empresas del grupo, aplicando el mismo tipo de interés a los depósitos que a los préstamos y aplicando el scoring de riesgo del grupo en vez del particular de cada empresa. Además, los grupos multinacionales deberán revisar las funciones realizadas por las entidades gestoras de sus cash pooling para limitar su retribución al de un servicio de escaso margen.

Las Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia a empresas multinacionales y administraciones tributarias conforme a las cuales deben interpretarse nuestras normas locales, dedican su apartado C.2 del Capítulo X al Cash Pooling, traducido en España como «Sistema centralizado de gestión de tesorería» y lo define diciendo: «En el contexto de esta sección, “sistema centralizado de gestión de tesorería” significa la puesta en común de los saldos de tesorería en el marco de un acuerdo de gestión de liquidez a corto plazo. Los acuerdos de sistemas centralizados de gestión de tesorería son contratos complejos que pueden abarcar operaciones tanto vinculadas como no vinculadas. Por ejemplo, una estructura frecuente es que las entidades del grupo de empresas multinacionales que participan de este acuerdo, firmen un contrato con un banco al que no están vinculadas que les preste servicios de gestión centralizada de tesorería, y cada entidad abre una cuenta bancaria en ese banco» (directriz 10.110).

En cuanto a la determinación del precio de plena competencia de las operaciones relacionadas con la centralización de la gestión de la tesorería, las Directrices indican que: «Dadas las limitadas funciones que desempeña, la remuneración de la entidad organizadora de la gestión centralizada, en tanto que prestador de servicios, será igualmente limitada» (directriz 10.130). Respecto a la remuneración de las empresas participantes, así mismo señalan que: «Determinar los tipos de interés de plena competencia para las operaciones intragrupo realizadas en el contexto de una gestión centralizada de tesorería puede ser una tarea difícil debido a la falta de acuerdos comparables entre partes no vinculadas. En este contexto, los acuerdos suscritos con bancos en los que interviene la entidad organizadora, teniendo en cuenta las diferencias funcionales entre el banco y dicha entidad, y las opciones de las que disponen de modo realista las empresas participantes en el acuerdo, pueden servir de orientación para identificar tipos de interés comparables en el marco de un análisis de precios de transferencia» (directriz 10.145).

Y añaden: «Cabe esperar que todas las empresas participantes en un sistema centralizado de gestión de tesorería se beneficien de condiciones que no existirían en ausencia de dicho acuerdo. Dependiendo de los hechos y circunstancias del caso, esto podría significar, por ejemplo, que todos los partícipes del acuerdo se benefician de tipos de interés más favorables, tanto para sus posiciones deudoras como acreedoras, en comparación con los tipos de interés que podrían obtener en sus préstamos o depósitos fuera del sistema centralizado de gestión de tesorería» (directriz 10.146).

Conforme a lo indicado en las Directrices de la OCDE las empresas multinacionales venían aplicando habitualmente el método del Precio Libre Comparable (CUP) para valorar sus operaciones de Cash Pooling, realizando un scoring para evaluar el nivel de riesgo de cada una de las empresas participantes y acudiendo a los mercados para obtener el precio de una operación idéntica o de características similares entre personas o entidades independientes en circunstancias equiparables, efectuando, cuando era preciso, las correcciones necesarias para obtener la equivalencia y considerar las particularidades de la operación. Y en consecuencia se aplicaba a la empresa participante un tipo de interés de activo o pasivo similar al que esta empresa podría obtener en una entidad financiera independiente, ajustado en la medida que la entidad del grupo que actúa como gestora del Cash Pooling no es en realidad una entidad financiera y no tiene sus costes ni su estructura.

Como resultado, ha sido práctica común hasta ahora que la empresa del Grupo que se encarga de gestionar la tesorería remunere a las participantes a un tipo de activo mucho más bajo (por ejemplo, del 1%) que el tipo de pasivo al que presta (por ejemplo, de, 4%). Esto provoca, por un lado, que la empresa gestora del cash pooling obtiene un mayor beneficio (siguiendo el ejemplo, del 3%) y como habitualmente suele estar localizada en un país de menor tributación, como en el caso del fallo en Países Bajos, la ganancia se saca fuera de España y se paga menos impuestos por ella. Por otro lado, la filial española a la que se le presta debe pagar un interés mayor y, por tanto, tiene más gasto financiero que deducirse en el Impuesto de Sociedades, por lo que tributa menos en nuestro país.

Todo esto deberá cambiar por la aplicación de esta nueva sentencia del Tribunal Supremo en la que se dice que «fijamos la doctrina de que, en relación con las operaciones de financiación efectuadas en un sistema de tesorería centralizada (cash pooling) por un grupo societario multinacional, de la aplicación del método de libre competencia se desprende que (i) que el tipo de interés de las cantidades aportadas y de las cantidades percibidas por las entidades participantes sea simétrico; y (ii) que la calificación crediticia aplicable a las operaciones de préstamo sea la del grupo societario y no la de la entidad prestataria».

Considera el Tribunal Supremo que, a diferencia de las entidades financieras, la empresa gestora del cash pooling no asumen ningún riesgo, ni financiero ni de gestión; no gestiona la tesorería, labor que subcontrata con una entidad financiera; ni por tanto hace realmente ningún trabajo de valor para que se explique un tipo más alto al pasivo que al activo, por lo que deben ser simétricos. El Supremo rechaza que las posiciones acreedoras tengan la consideración de depósitos y considera que se trata de préstamos intragrupo, aunque exista una entidad centralizadora.