
A partir de la declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2016, la información sobre operaciones vinculadas y operaciones con paraísos fiscales se traslada del modelo 200 al modelo 232, que deberá presentar el próximo mes de noviembre.

Cuando su empresa presente el modelo del Impuesto sobre Sociedades (IS) de 2016, observará que han desaparecido varios cuadros que hasta ahora se exigían sobre operaciones vinculadas o realizadas con paraísos fiscales. A partir de ahora deberá facilitar la mayor parte de esa información en otros plazos y a través de un modelo específico que será aprobado próximamente: la “Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados paraísos fiscales” (modelo 232). El modelo de 2016, de forma excepcional, deberá presentarse durante el próximo mes de noviembre, aunque a partir de la declaración de 2017, el plazo de presentación se fija en el mes de mayo.
En dicho modelo deberá informar del resumen de operaciones vinculadas que hasta ahora aparecía en la declaración del IS. Deberá incluir las mismas operaciones (aquéllas realizadas con una misma entidad que en conjunto superen los 250.000 euros, o bien que superen los 100.000 euros y sean del mismo tipo y método de valoración). Pero, además, deberá añadir las siguientes operaciones: Aquellas operaciones del mismo tipo y método de valoración realizadas con la misma entidad cuyo importe conjunto supere el 50% de la cifra de negocios de la empresa (con independencia de su cuantía). Y también aquellas operaciones consideradas “específicas” con un importe conjunto superior a 100.000 euros (ventas de inmuebles, participaciones, etc.).
Asimismo, también se desplaza al modelo 232 (en los mismos términos que aparecía en la declaración del IS) la siguiente información:
El detalle de las operaciones realizadas con paraísos fiscales.
El detalle de las operaciones de cesión de intangibles realizadas con entidades vinculadas y que disfruten de la reducción del 60% aplicable en esos casos.
La única información que desaparece de la declaración del IS y no se traslada al modelo 232 es el documento normalizado que aparecía en el Anexo V de la declaración del ejercicio 2015. Dicho documento podía ser empleado por las empresas de reducida dimensión para cumplir con su obligación de documentar sus operaciones vinculadas (con excepción de las operaciones consideradas “específicas”). Cabe entender que en este caso se podrá seguir documentando las operaciones vinculadas realizadas a partir de 2016 según el documento normalizado de 2015.
Obtenga aquí el proyecto de orden del nuevo modelo 232, un detalle de las operaciones específicas y el documento normalizado para pymes.